En los centros de trabajo estamos expuestos a una serie de riesgos y peligros que muchas veces son ignorados pero que llegado el momento no pasan desapercibidos en el seno de una empresa. En ocasiones, existen ataques o amenazas que requieren la pronta presencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que en coordinación con las empresas que prestan servicios de seguridad privada trabajan durante 24 horas los 365 días del año para garantizar la integridad y seguridad de todos.
Cuando se produce una situación de emergencia en un establecimiento o negocio hay un protocolo que se debe cumplir a la hora de avisar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, una normativa que aparece recogida a través de la legislación y que ayuda a aclarar los supuestos en los que sí es preciso requerir la presencia de agentes y profesionales especializados.
En el momento en el que se produce un aviso de alarma en una empresa o negocio el primer órgano que recibe la señal de alerta es la Central Receptora de Alarmas (CRA) de la empresa de seguridad privada que el negocio en cuestión tenga contratada. Cuando la Central Receptora de Alarmas recibe ese primer aviso lo primero que debe hacer es comprobar que se trata de una alarma real y no de una falsa alarma. Es uno de los principios de obligatoriedad recogidos en la legislación: la confirmación de que no nos encontramos ante una falsa alarma.
El recurso más utilizado para comprobar el motivo de la llamada y descartar la falsa alarma es la videoverificación. La mayoría de establecimientos y negocios cuentan con un sistema de videovigilancia cuyas grabaciones son ampliamente útiles en aquellas circunstancias en las que se produce algún tipo de delito en el centro de trabajo (robos, hurtos, amenazas, agresiones...)
En el vídeo muchas veces se puede verificar el motivo de la llamada, y por consiguiente, avisar a la mayor brevedad posible a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Desde la Central Receptora de Alarmas se facilita la dirección del negocio así como los datos que puedan ser de especial relevancia en la resolución del problema. Si existe una zona específica en la que se haya producido el aviso de alarma también ha de ser perfectamente comunicada.
En aquellos casos en los que la empresa también tenga contratado con la empresa de seguridad privada el servicio de acuda un agente se presentará en el lugar de los hechos para colaborar en todo momento con la policía, además de abrir las puertas del negocio en las empresas que también dispongan del servicio de custodia de llaves.
Las empresas cuentan con un dispositivo que pueden pulsar en caso de emergencia y cuyo uso es el primer paso que se da en la solución de la amenaza o problema. Habitualmente se encuentra en un lugar secreto, apenas visible para los trabajadores y propietarios del negocio, que son las personas encargadas de emitir la señal de alarma en caso de emergencia. Por seguridad, es muy recomendable que solamente los trabajadores de la empresa conozcan el lugar en el que se encuentra este dispositivo, que es la vía directa de contacto con los profesionales de la seguridad pública y privada.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la CRA permanecen en contacto desde que se inicia el aviso de alarma hasta que el problema en cuestión queda parcial o totalmente resuelto.
El trabajo en equipo realizado por los profesionales del sector de la seguridad resulta fundamental para el bienestar y la tranquilidad de todos. Si quieres instalar en tu negocio un servicio integral de seguridad no dudes en llamar al teléfono 902 194 749. Contrata con Cyrasa Seguridad el cuidado de tu negocio.