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¿Qué pautas establece la legislación sobre el uso de drones en España?

¿Qué pautas establece la legislación sobre el uso de drones en España?

31 Octubre 2019 / Otras

En la última década, hemos asistido a la aparición de un nuevo fenómeno que llega para quedarse: el uso de drones (vehículos aéreos que vuelan sin tripulación). Ya sea para uso recreativo o profesional, lo cierto es que cada vez son más las personas que disponen de un dron que utilizan de forma habitual. El dron nos ofrece la oportunidad de ver el mundo como nunca antes lo habíamos hecho. Se ha convertido en una herramienta eficaz para el sector turístico, gracias a la cual podemos mostrar distintos rincones del globo a vista de pájaro. Lo mismo ocurre con el sector de la seguridad, que ha visto reforzadas sus capacidades con la implementación de este aparato que consigue proporcionar vistas aéreas de gran alcance. Sus incuestionables funcionalidades han hecho del dron una herramienta del presente y futuro de nuestras vidas, por lo que conocer las pautas que establece la legislación sobre el uso de drones en España es más que necesario.

La obligatoriedad de la licencia de piloto de dron en nuestro país únicamente se exige a aquellas personas que utilizan el dron de forma profesional. En estos casos, la normativa obliga a contar con conocimientos teóricos y prácticos, además de un certificado médico. Cuando el peso del dron utilizado sea inferior a 25 kg, se deberá acreditar el certificado médico de clase LAPL. El uso de drones que pesen más de 25 kg obliga a tener el certificado médico de Clase II.

Los requisitos exigidos para el uso profesional de drones son:

  • Estar dado de alta como operador en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
  • Disponer de un seguro de responsabilidad civil.
  • Contar con el título de piloto de dron.
  • Tener el certificado médico pertinente en vigor.

Los requisitos exigidos para el uso recreativo de drones son:

  • Volar la aeronave a una distancia mínima de 8 km de aeropuertos y aeródromos.
  • Volar fuera de espacios aéreos controlados.
  • No volar el dron por encima de los 120 metros de altura.
  • No volar el dron por encima de los 150 metros del obstáculo más alto.
  • Volar la aeronave de día y con condiciones climáticas favorables.
  • Si el dron pesa menos de 2 kg, se pueden realizar vuelos nocturnos.
  • Los vuelos nocturnos no deben superar los 50 metros de altura.
  • Los vuelos se realizarán siempre dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
  • Los drones cuyo peso sea inferior a 250 gramos, podrán ser pilotados sobre núcleos urbanos, personas y edificios, siempre y cuando la aeronave no sobrepase los 20 metros de altura.
  • No es obligatorio, pero sí recomendable contar con un seguro de responsabilidad civil.

En el centro de formación de Cyrasa Seguridad impartimos el curso de piloto de drones profesional. Una formación homologada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), impartida por AEROFAN y CYRASA RPAS, que ofrece los conocimientos necesarios para el pilotaje profesional de drones. Infórmate de todo llamando al teléfono 902 194 749.

 

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